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mayo  15, 2024

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Las obligaciones tributarias aduaneras

-Comentario al fallo "Cencosud SA (TF 29.535-A) c/ DGA" de la CSJN-

Por Horacio F. Alais


"Los tributos aduaneros tienen que estar determinados en pesos y sobre esa base es que se tienen que calcular los intereses correspondientes. Caso contrario existe un exceso de potenciación de la deuda tributaria, por vía de la variación de tipo de cambio y como consecuencia del devengamiento de intereses en dólares a una tasa altísima."

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Términos mencionados en esta doctrina: intereses, tributos.

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